En tanto no se regule otra cosa, al número de convocatorias en los Estudios de Posgrado les será de aplicación las Normas de Regulación de la Permanencia aprobadas por el Consejo Social de la Universidad el 15 de enero de 1993.
En cada año académico dispondrás de un máximo de dos convocatorias de examen para cada una de las asignaturas de las que te matricules:
- Enero y extraordinaria de junio: para las asignaturas cuya docencia se imparte durante el primer cuatrimestre.
- Mayo y extraordinaria de junio: para las asignaturas cuya docencia se imparte durante todo el curso o durante el segundo cuatrimestre.
En total, dispondrás de cuatro convocatorias para superar cada una de las asignaturas del plan de estudios. Solamente consumirás la convocatoria de examen cuando hayas concurrido efectivamente a la misma.
Desde el curso académico 2012-13 existirá una convocatoria especial de examen en el mes de enero para aquellas asignaturas cuya docencia se imparte durante todo el curso o en el segundo cuatrimestre.
Requisitos y consecuencias:
- Si tu asignatura de Prácticas o tu Trabajo Fin de Máster tienen duración “I: Indeterminada en el tiempo” no tienes que solicitar convocatoria especial de examen para ellas; para saberlo, consulta el Plan de Estudios para matrícula publicado en la web de la Escuela de Posgrado.
- Podrán presentarse aquellos estudiantes a los que no les reste más del 20% de los créditos para finalizar el Máster. Para el cálculo de este cómputo no se tendrá en cuenta la asignatura Trabajo fin de Máster.
- Es necesario haber cursado en años anteriores la/s asignatura/s.
Presentarse a la convocatoria especial de enero significa renunciar a una de las convocatorias previstas en el curso, bien mayo, bien junio.
Plazo y solicitud:
- La solicitud se presentará en el plazo de matrícula, siendo necesario matricularse en ese periodo de todas las asignaturas que restan para finalizar el Máster.
Procedimiento:
- Este procedimiento se tramitará por correo electrónico.
- El plazo máximo para resolver la solicitud y notificarte la resolución es de tres meses contados desde la fecha en que tu solicitud ha entrado en el correo electrónico de la Secretaría de Alumnos de Posgrado y Estudios Propios. Si en el plazo indicado no te hemos notificado la resolución, puedes entender que tu solicitud se ha estimado.
- Si has elegido la forma de pago fraccionado, tienes que solicitar la agrupación de recibos pendientes de pago en un único recibo para abonarlos en la fecha de solicitud de esta convocatoria.
Créditos a aprobar el primer año
La Comisión de Estudios Oficiales de Posgrado, en su sesión de fecha 11 de junio de 2008, acordó que el estudiante deberá superar en su primer año del Máster asignaturas que supongan al menos:
- 12 créditos ECTS, si los estudios se realizan a tiempo completo.
- 6 créditos ECTS, si los estudios se realizan a tiempo parcial.
Años de permanencia
La Comisión de Estudios Oficiales de Posgrado, en su sesión de fecha 9 de julio de 2007 y en su sesión de fecha 11 de junio de 2008, acordó tomar como referencia las Normas de Regulación de la Permanencia aprobadas por el Consejo Social de la Universidad el 15 de enero de 1993, para regular la permanencia de los estudiantes que cursen estudios de Másteres Universitarios, aplicando el siguiente criterio.
A tiempo completo:
- Másteres con una carga lectiva de 60 ECTS: el número máximo de años de permanencia será de 2.
- Másteres con una carga lectiva de 90 ECTS: el número máximo de años de permanencia será de 3.
- Másteres con una carga lectiva de 120 ECTS: el número máximo de años de permanencia será de 4.
A tiempo parcial:
- Másteres con una carga lectiva de 60 ECTS: el número máximo de años de permanencia será de 3.
- Másteres con una carga lectiva de 90 ECTS: el número máximo de años de permanencia será de 4.
- Másteres con una carga lectiva de 120 ECTS: el número máximo de años de permanencia será de 5.
Sólo cuentan como años de permanencia aquellos en que el estudiante haya formalizado efectivamente su matrícula.
Fin de la permanencia
Si agotas el número de años previsto en el apartado anterior, deberás presentar una solicitud dirigida a la Vicerrectora de Estudios de Posgrado pidiendo que se prorrogue la permanencia para continuar tus estudios y justificando documentalmente la causa que te ha impedido finalizar dichos estudios en el plazo aprobado por la Comisión.
La solicitud se presenta al inicio del año académico y la Vicerrectora, a la vista de la documentación aportada, y previo informe de la Dirección Académica del Máster, podrá mediante resolución, conceder la prórroga solicitada por un curso académico más.
Tienes que tener en cuenta que:
- Este procedimiento se tramitará por correo electrónico.
- El plazo máximo para resolver la solicitud y notificarte la resolución es de tres meses (el mes de agosto es inhábil) contados desde la fecha en que tu solicitud ha entrado en el correo electrónico de la Secretaría de Alumnos de Posgrado y Estudios Propios. En la resolución favorable se indicará la forma de realizar la matrícula, en el caso de que el plazo establecido esté cerrado.
- Si en el plazo indicado no te hemos notificado la resolución, puedes entender que tu solicitud se ha estimado.
- Solicitud prórroga de permanencia.
El traslado de expediente se solicitará en los plazos de preinscripción que se establezcan para cada año académico.
- Los estudiantes que hayan iniciado un Máster Universitario habilitante en otra Universidad española y quieran continuar con los mismos estudios en la UAH, tienen que realizar la preinscripción, y si son admitidos, presentar el certificado académico oficial de traslado de expediente. Así mismo, podrán solicitar el reconocimiento de los créditos correspondientes a las asignaturas superadas en su Universidad o centro de origen.
- Los estudiantes que hayan iniciado un Máster Universitario en otro centro de la Universidad de Alcalá (en adelante UAH) que quieran continuar con los mismos estudios en la UAH, tienen que realizar la preinscripción, y si son admitidos, presentar el certificado académico oficial de traslado de expediente. Así mismo, podrán solicitar el reconocimiento de los créditos correspondientes a las asignaturas superadas en su centro de origen.
- Los estudiantes que han cursado estudios parciales de Doctorado podrán acceder a los Másteres Universitarios, y obtener el título de Máster, siempre que sean admitidos en ellos, y podrán solicitar el reconocimiento de los créditos correspondientes a cursos y trabajos de iniciación a la investigación realizados en su Universidad de origen.
- Los estudiantes que soliciten transferencia de créditos tendrán que realizar el traslado de expediente académico de acuerdo con lo establecido en la Normativa sobre el sistema de reconocimiento y transferencia de créditos en las enseñanzas universitarias oficiales de máster de esta Universidad.