Número de convocatorias en los Másteres Universitarios
- Los estudiantes matriculados en cualquier Máster Universitario de la Universidad de Alcalá dispondrán de cuatro convocatorias para superar cada una de las asignaturas del plan de estudios.
- Dispondrán, además, de las siguientes convocatorias adicionales para ser utilizadas en las asignaturas en las que se hubieran agotado las cuatro convocatorias referidas en el punto anterior:
Cuando se matriculen por primera vez en un Máster dispondrán de una convocatoria adicional que poder ser utilizada en una única asignatura.
Tras superar los primeros 20 ECTS, dispondrán de otra convocatoria adicional a la mencionada en el apartado anterior.
Cada siguiente tramo superado de 20 ECTS dará derecho a dos convocatorias adicionales.
Las convocatorias adicionales se concederán de forma automática y podrán ser utilizadas en una misma asignatura.
El estudiante podrá solicitar que las pruebas de las convocatorias adicionales sean evaluadas mediante un Tribunal. En lo relativo a la solicitud y evaluación por parte del Tribunal se seguirá lo establecido en el artículo 21 de la Normativa de Evaluación de los Aprendizajes, aprobada por el Consejo de Gobierno el 24 de marzo de 2011, y aprobadas sus modificaciones posteriores el 5 de mayo de 2016, 25 de julio de 2019 y 31 de octubre de 2019.
El agotamiento de las convocatorias previstas determinará la imposibilidad de continuar los estudios iniciados.
Convocatoria adelantada de exámenes para estudios de Máster Universitario.
Definición: Convocatoria adelantada es la que sustituye a la convocatoria ordinaria de asignaturas del segundo cuatrimestre o anuales.
Asignaturas que pueden ser solicitadas en convocatoria adelantada: sólo las obligatorias y optativas que se impartan en el segundo cuatrimestre o tengan una duración anual.
Si tu asignatura de Prácticas o tu Trabajo Fin de Máster tienen duración “I: Indeterminada en el tiempo” no tienes que solicitar convocatoria adelantada de examen para ellas; para saberlo, consulta el Plan de Estudios para matrícula publicado en la web de la Escuela de Posgrado.
Requisitos académicos para solicitarla: Podrán solicitarla aquellos estudiantes que hayan superado el 80% de los créditos del primer curso. Para el cálculo de este cómputo no se tendrá en cuenta la asignatura Trabajo Fin de Máster, y deberá haber sido evaluado al menos una vez de las asignaturas para las que solicite convocatoria adelantada.
En esta convocatoria la evaluación será final.
Solicitud: En el plazo de matrícula, los estudiantes que reúnan los requisitos académicos exigidos marcarán en la aplicación de automatrícula la opción de convocatoria adelantada de examen.
Comprobado que el estudiante reúne los requisitos, la convocatoria ordinaria se trasladará a la convocatoria de enero. La convocatoria extraordinaria se mantendrá fija en todo caso.
Renuncia a la solicitud: Mediante escrito dirigido a la Secretaría de Alumnos antes del día 1 de enero.
Créditos a aprobar el primer año
La Comisión de Estudios Oficiales de Posgrado, en su sesión de fecha 11 de junio de 2008, acordó que el estudiante deberá superar en su primer año del Máster asignaturas que supongan al menos:
- 12 créditos ECTS, si los estudios se realizan a tiempo completo.
- 6 créditos ECTS, si los estudios se realizan a tiempo parcial.
La no obtención de este número mínimo de créditos determinará la imposibilidad de continuar los estudios iniciados.
Años de permanencia
La Comisión de Estudios Oficiales de Posgrado, en su sesión de fecha 9 de julio de 2007 y en su sesión de fecha 11 de junio de 2008, acordó tomar como referencia las Normas de Regulación de la Permanencia aprobadas por el Consejo Social de la Universidad el 15 de enero de 1993, para regular la permanencia de los estudiantes que cursen estudios de Másteres Universitarios, aplicando el siguiente criterio.
A tiempo completo:
- Másteres con una carga lectiva de 60 ECTS: el número máximo de años de permanencia será de 2.
- Másteres con una carga lectiva de 90 ECTS: el número máximo de años de permanencia será de 3.
- Másteres con una carga lectiva de 120 ECTS: el número máximo de años de permanencia será de 4.
A tiempo parcial:
- Másteres con una carga lectiva de 60 ECTS: el número máximo de años de permanencia será de 3.
- Másteres con una carga lectiva de 90 ECTS: el número máximo de años de permanencia será de 4.
- Másteres con una carga lectiva de 120 ECTS: el número máximo de años de permanencia será de 5.
Sólo cuentan como años de permanencia aquellos en que el estudiante haya formalizado efectivamente su matrícula.
Fin de la permanencia
Si agotas el número de años previsto en el apartado anterior, deberás presentar una solicitud dirigida a la Vicerrectora de Posgrado, Formación Permanente y Extensión Universitaria pidiendo que se prorrogue la permanencia para continuar tus estudios y justificando documentalmente la causa que te ha impedido finalizar dichos estudios en el plazo aprobado por la Comisión.
La solicitud se presenta en el plazo establecido (fuera de este plazo la solicitud no está activa y no podrá realizarse la petición), y la Vicerrectora, a la vista de la documentación aportada, y previo informe de la Dirección Académica del Máster, podrá mediante resolución, conceder la prórroga solicitada por un curso académico más.
Tienes que tener en cuenta que:
- Este procedimiento se tramitará por correo electrónico.
- La documentación que presentes tiene que contener la información mínima y necesaria para resolver la solicitud, y se utilizará, únicamente, para esta finalidad.
- Recibida tu solicitud y la documentación, solicitaremos un informe a la Dirección Académica del Máster, que dispone de diez días hábiles para emitirlo.
- Si el informe es favorable, tienes que matricularte en el plazo establecido.
El traslado de expediente se solicitará en los plazos de preinscripción que se establezcan para cada año académico.
- Los estudiantes que hayan iniciado un Máster Universitario habilitante en otra Universidad española y quieran continuar con los mismos estudios en la UAH, tienen que realizar la preinscripción, y si son admitidos, presentar el certificado académico oficial de traslado de expediente. Así mismo, podrán solicitar el reconocimiento de los créditos correspondientes a las asignaturas superadas en su Universidad o centro de origen.
- Los estudiantes que hayan iniciado un Máster Universitario en otro centro de la Universidad de Alcalá (en adelante UAH) que quieran continuar con los mismos estudios en la UAH, tienen que realizar la preinscripción, y si son admitidos, presentar el certificado académico oficial de traslado de expediente. Así mismo, podrán solicitar el reconocimiento de los créditos correspondientes a las asignaturas superadas en su centro de origen.
- Los estudiantes que han cursado estudios parciales de Doctorado podrán acceder a los Másteres Universitarios, y obtener el título de Máster, siempre que sean admitidos en ellos, y podrán solicitar el reconocimiento de los créditos correspondientes a cursos y trabajos de iniciación a la investigación realizados en su Universidad de origen.
- Los estudiantes que soliciten transferencia de créditos tendrán que realizar el traslado de expediente académico de acuerdo con lo establecido en la Normativa sobre el sistema de reconocimiento y transferencia de créditos en las enseñanzas universitarias oficiales de máster de esta Universidad.