¿Qué se necesita para trabajar con OMG de cualquier tipo (animales vivos, vegetales o microorganismos)?

El Comité de Ética de la Investigación y Experimentación Animal de la UAH (CEI-EA) evalúa los aspectos éticos de los proyectos de investigación que se realizan en la Universidad, teniendo en cuenta y exigiendo que se cumplan los requisitos legales que puedan conllevar.

En el caso de los Organismos Modificados Genéticamente existe la obligatoriedad legal de utilizarlos de forma confinada y evitar su liberación voluntaria, por lo que, como se exige en la Ley 9/2003 para su utilización (consultar normativa). Tiene que realizarse una evaluación previa de los riesgos para la salud humana y el medio ambiente y, dependiendo del grado de riesgo (nulo, bajo, moderado o alto) hay que aplicarles un grado de confinamiento suficiente para proteger la salud humana y el medio ambiente.

Desde el punto de vista práctico, significa que la instalación donde se vayan a utilizar y confinar los OMG debe estar dada de alta en el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. El enlace donde se explican los requerimientos para solicitar la utilización confinada es: https://www.miteco.gob.es/es/calidad-y-evaluacion-ambiental/temas/biotecnologia/organismos-modificados-geneticamente-omg-/notificaciones-y-autorizaciones/uso_confinado.aspx.

El CEI-EA aceptará la evaluación de los aspectos éticos de un proyecto con OMG una vez que la persona solicitante haya obtenido por parte del Ministerio la autorización de la instalación donde se vayan a utilizar o, como mínimo, que esa solicitud haya sido realizada. Es un tema que excede las funciones del CEI-EA y que debe ser comentado previamente con el Comité de Bioseguridad de la UAH.